17/07/2024
La necesidad de los municipios de contar con mayores ingresos propios ha puesto en estado deliberativo a sus comunidades y a instituciones que representan a sectores econ贸micos que son los principales contribuyentes. Es de competencia del gobierno local la creaci贸n de tasas para lograr esos recursos.
Tres casos que impactaron medi谩ticamente llamaron la atenci贸n respecto de la decisi贸n de intendentes de requerir a los respectivos Concejos Deliberantes la creaci贸n de tasas para financiar distintas acciones, en tiempos de restricci贸n de ingresos, como consecuencia de pol铆ticas nacionales que afectaron la relaci贸n financiera que ven铆a sosteni茅ndose. Dos localidades tur铆sticas -Iruya y Cachi- encendieron alarmas, mientras que Salvador Mazza despert贸 fuertes cr铆ticas por su af谩n recaudatorio.
La definici贸n se帽ala que una tasa municipal es un tributo que los municipios cobran a los contribuyentes en virtud de una ley u ordenanza para el cumplimiento de sus fines; es una contraprestaci贸n por los servicios que el municipio presta, como alumbrado, barrido, limpieza, seguridad e higiene. Se subraya que las tasas deben guardar relaci贸n con el servicio efectivamente prestado.
Efectivamente, los presupuestos municipales contemplan recaudaci贸n propia que, por supuesto, debe destinarse a esas obligaciones. La obra p煤blica y otros emprendimientos son financiados con fondos que provienen de otras fuentes como la coparticipaci贸n, los impuestos a la propiedad inmobiliaria urbana y a la radicaci贸n de automotores. Se suman tambi茅n contribuciones por mejoras y cr茅ditos, donaciones y subsidios, entre otros, que concurren al sostenimiento financiero de la autonom铆a municipal.
Es la que permite la auto organizaci贸n, el ejercicio de competencias exclusivas, el accionar en todas las 谩reas de inter茅s de la ciudadan铆a y la disponibilidad de recursos propios no condicionados. La proximidad del municipio con sus gobernados legitima la autonom铆a, ya que permite establecer una relaci贸n directa entre los representantes, a cargo de la administraci贸n, y los representados. En los municipios aut贸nomos, el gobierno municipal tiene una esfera propia de acci贸n, que no le ha sido otorgada por un nivel superior sino que le ha sido reconocida por el poder constituyente.
Tal es lo que destaca Nadina Konstantinovsky, una abogada constitucionalista, que pone de relieve que el municipio es la primera organizaci贸n pol铆tica donde se asienta el ciudadano. Es la c茅lula territorial b谩sica del Estado; es el cimiento del sistema pol铆tico institucional vigente en la Rep煤blica Argentina, que ya fue considerada en la Constituci贸n de 1853, que en su art铆culo 5, a煤n vigente, estableci贸 la obligaci贸n de las provincias de asegurar el r茅gimen municipal, exigencia para garantizarles el goce y ejercicio de las instituciones locales.
En s铆ntesis, la autonom铆a municipal es el derecho y la capacidad de los municipios para gestionar una parte importante de los asuntos p煤blicos, como la elecci贸n de sus autoridades, la gesti贸n de las materias de su competencia y la creaci贸n, recaudaci贸n e inversi贸n de sus ingresos. La Constituci贸n de la Provincia reconoce la autonom铆a municipal en su art铆culo 170, que define al municipio como una comunidad natural que busca el bien com煤n local
Estas consideraciones son importantes al momento de reconocer la facultad que su gobierno tiene para imponer tasas como contraprestaci贸n a sus servicios. El l铆mite lo impone la razonabilidad y el cumplimiento de los fines que se persigue con su aplicaci贸n.
www.pderlocal.com.ar - ariesonline.com.ar/
05/10/2024 - Hubo fallos judiciales que favorecieron a los intendentes. Edenor y Edesur podr谩n seguir cobrando el alumbrado directamente a los vecinos.
17/09/2024 - Publicaci贸n de ordenanzas tributarias
15/09/2024 - SUMARIO: I. Proemio. II. Cuestiones preliminares. II.1. El poder tributario de los municipios y comunas santafesinos. II.2. El principio de reserva de ley. II.3. La naturaleza jur铆dica de las ordenanzas municipales. III. La publicaci贸n oficial de las normas. III.1. Base normativa. III.2. Base jurisprudencial. IV. La publicaci贸n oficial de las ordenanzas municipales en Santa Fe. IV.1. Tratamiento normativo e inconstitucionalidad. IV.2. Tratamiento jurisprudencial. V. Conclusiones y propuesta de mejora.
23/08/2024 - La Justicia Federal de Resistencia confirm贸 la declaraci贸n de inconstitucionalidad de una ordenanza de la Comuna de Tacuarend铆, en el norte de la provincia de Santa Fe, a trav茅s de la cual se pretend铆a cobrar una tasa municipal a las antenas de la empresa transportadora de energ铆a Transener.
20/08/2024 - El M谩ximo Tribunal hizo preponderar el respeto del sistema federal y de las autonom铆as provinciales y el no inmiscuirse en los conflictos entre los diferentes poderes p煤blicos de una misma provincia.
02/07/2024 - El proyecto ingres贸 al Concejo Deliberante para que la medida se aplique de 9 a 11 y de 16 a 18 horas en todas las dependencias de la municipalidad.
17/06/2024 - El dato surge de un informe realizado por el Centro de Estudios en Finanzas P煤blicas, de la Universidad Nacional de La Plata. Esto limita la expansi贸n de la conectividad.
14/06/2024 - A partir de la pr贸xima semana, la Municipalidad aplicar谩 la nueva tasa al combustible local, tras el aval del Tribunal Superior de Justicia.
23/05/2024 - Para que una municipalidad pueda cobrar una tasa, debe ser capaz de brindar efectivamente el servicio correspondiente.. Qu茅 sucede en la actualidad
17/05/2024 - El 40% del precio de internet en Argentina es impuestos.