01/05/2025
La empresa alega que las ordenanzas sanitarias violan la libre circulaci贸n de productos y competencias federales. La Fiscal铆a avala la competencia del fuero federal para resolver el conflicto.
El Juzgado Federal de La Rioja notific贸 a Enrique Gerardo Mezzena, apoderado de Salta Refrescos S.A., sobre la resoluci贸n que avanza en el expediente FCB-7115/2025. La empresa promovi贸 una acci贸n declarativa de certeza contra la Municipalidad de La Rioja, impugnando la Tasa de Inspecci贸n Sanitaria e Higi茅nica establecida en las ordenanzas 4987/12, 6409/24 y 6470/24.
Seg煤n la demanda, estas normas municipalizan el control sanitario sobre productos ingresados al municipio, afectando la libre circulaci贸n y violando competencias exclusivas del Congreso Nacional (art. 75 inc. 13 de la CN). Adem谩s, se argumenta que el tributo contradice el C贸digo Alimentario Nacional y principios constitucionales como la prohibici贸n de aduanas interiores. Salta Refrescos solicita la suspensi贸n inmediata de las ordenanzas, la restituci贸n de pagos realizados y una medida cautelar para evitar multas o decomisos.
La Fiscal铆a Federal de La Rioja, a cargo de Mar铆a Virginia Miguel Carmona, respald贸 la competencia del juzgado federal. En su dictamen, destac贸 que el conflicto involucra normas de rango constitucional y federal, como el C贸digo Alimentario Nacional, lo que justifica la intervenci贸n del fuero federal. Cit贸 jurisprudencia previa (como Pritty S.A. vs. Municipalidad de Esteban Echeverr铆a) para sostener que el control sanitario municipal podr铆a exceder sus facultades si colisiona con derechos garantizados por la CN.
El caso, caratulado 芦Salta Refrescos S.A. c/ Municipalidad de La Rioja s/ Acci贸n Meramente Declarativa de Derecho禄, ahora pasa a la etapa de resoluci贸n de la medida cautelar solicitada. La decisi贸n podr铆a sentar un precedente sobre la competencia municipal en controles sanitarios y su alineaci贸n con las normativas federales
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