06/01/2026
El proyecto observa la necesidad de fomentar políticas públicas locales que promuevan el uso responsable y sustentable de la energía. Se estima necesario crear un programa municipal de Promoción de Energía Solar Residencial. Se incentiva, así, la instalación y uso de sistemas de generación de energía solar térmica y fotovoltaica en los hogares del Distrito, en concordancia con la Ley nacional 27.424 y la Ley provincial 15.325.
La presentación del bloque radical busca promocionar el uso de energía solar en los hogares. Se desarrollarán campañas educativas en medios locales, escuelas y centros comunitarios.
Beneficios
El programa otorgará a los vecinos que instalen sistemas solares: exenciones o reducciones de hasta el 50% en la tasa de servicios municipales por un plazo de dos años. Contempla, además, la asistencia técnica gratuita mediante capacitaciones y asesoramiento en la elección de tecnologías y trámites de conexión; acceso a convenios de financiamiento con entidades públicas y privadas para adquisición e instalación de equipos; y, prioridad en gestiones para inscripción en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia (RUGER).
Puntualizan que, para acceder a los beneficios, los vecinos deberán “estar al día con las obligaciones tributarias municipales; presentar proyecto técnico o certificado de instalación emitido por un profesional matriculado o empresa habilitada; garantizar que los equipos cumplan con las normativas nacionales y provinciales de seguridad, calidad y eficiencia (Disposición Nacional 28/2019, Resolución OCEBA 463/2023 y normas IRAM/IEC aplicables).
¿Dónde se implementará?
Durante el primer año de aplicación, se priorizarán barrios residenciales y viviendas de interés social, a fin de generar experiencias demostrativas y promover la equidad en el acceso a la energía solar. La ordenanza establece que el Municipio desarrolle campañas educativas en medios locales, escuelas y centros comunitarios para difundir las ventajas del uso de energía solar, ahorro económico y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Serán autoridades de aplicación Planeamiento y Ambiente del Municipio. Se deberá reglamentar la norma, articular con la Provincia, OCEBA y la distribuidora eléctrica local la implementación del régimen y gestionar los convenios que se requieran para el financiamiento y programas de apoyo a hogares vulnerables. Los gastos que demande su cumplimiento se imputarán a la partida que corresponda del presupuesto municipal, pudiendo gestionar fondos provinciales y nacionales de fomento a las energías renovables.
Alternativa a la generación convencional de energía
“El cambio climático y la crisis energética mundial exigen una transición hacia fuentes de energías renovables y limpias. La energía solar constituye una fuente abundante, gratuita y no contaminante. El fomento de la energía solar permite disminuir la dependencia de combustibles fósiles, reducir la emisión de contaminantes, preservar el agua y proteger la biodiversidad, asegurando un modelo de desarrollo sostenible en beneficio de las generaciones presentes y futuras”. La ordenanza agrega que, fomentar el uso de energías renovables implica beneficios ambientales, sociales y económicos, reduciendo costos en los hogares a mediano plazo y disminuyendo la huella de carbono local.
“Libre de contaminación”
Como referencia, en sintonía con el cuidado del medio ambiente, y marcando un claro impulso hacia la construcción de una matriz energética sustentable, en Brandsen se construyó el primer parque solar de la provincia de Buenos Aires en Samborombón (ruta 2 km 90,500), con más de 400 paneles generando 100Kwp, energía que se inyecta a la red para abastecer a 60 familias.
La Ley 27.424 establece el régimen de fomento a la generación de energía renovable, reconociendo a los usuarios-generadores y garantizando su derecho a inyectar excedentes a la red eléctrica. Mientras que, la Ley provincial 15.325 adhirió a dicha normativa nacional, otorgando beneficios fiscales (exención de Ingresos Brutos y Sellos por 12 años), creando el marco regulatorio local. El Decreto 2.371/22 y la Resolución OCEBA 463/23 reglamentaron la operatoria en el territorio bonaerense, creando el Registro de Usuarios-Generadores (RUGER) y estableciendo las condiciones técnicas y tarifarias.
La Ordenanza Nº736 de 1997 declara al Distrito “libre de contaminación” y “no nuclear”; también, establece de interés general la materia ambiental, sentando un precedente normativo para el desarrollo de políticas locales de cuidado del ambiente
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