20/05/2023
La comuna de General Lagos deber谩 dejar de cobrar y reintegrar lo percibido por Derecho de Registro e Inspecci贸n (Drei) a una empresa de montajes que opera en su territorio pero que no tiene ninguna sede en el lugar.
El juzgado Civil y Comercial N潞 13 declar贸 inconstitucionales las ordenanzas dictadas por esa comuna que obligaban a tributar esa tasa a quienes desarrollan actividad econ贸mica en la jurisdicci贸n pese a no contar con local habilitado dentro del ejido comunal, y orden贸 la devoluci贸n de lo tributado por la firma. Aseguran que esta irregularidad se repite en muchas comunas de la provincia, que cobran tasas por servicios que no prestan, ya que las empresas que tributan no tienen sedes ni locales en sus territorios.
En este caso espec铆fico, que deriv贸 en el fallo dictado el 15 de este mes, la demandante fue la empresa Scimaca, domiciliada en la zona sur de Rosario que ejecutaba trabajos de montajes de estructuras met谩licas en una planta industrial de un cliente, ubicada dentro de General Lagos. En cada uno de los pagos recibidos en contraprestaci贸n de la obra, se le reten铆a un porcentaje en concepto de Drei.
Concretamente, la comuna le ven铆a cobrando a Scimaca esa tasa (por un servicio que no le prestaba) desde enero de 2016. Utilizaba como criterio el hecho de que la firma realiza una actividad econ贸mica en territorio comunal, un 鈥渆rror intencional con claro esp铆ritu recaudatorio鈥.
En 2018, la firma damnificada inici贸 una acci贸n legal pidiendo que se declarara la inconstitucionalidad del cobro. Tambi茅n se interpuso una cautelar para que la Justicia ordenara el inmediato cese de la retenci贸n, pero esta pretensi贸n fue rechazada. El juicio sigui贸 hasta que se resolvi贸 la cuesti贸n de fondo, favorable a la demandante. La metal煤rgica sigui贸 pagando el tributo, mientras segu铆a su curso el proceso legal.
Finalmente, la jueza Ver贸nica Gotlieb entendi贸 que al prescindir de la exigencia de local habilitado en la jurisdicci贸n comunal, las normas impugnadas y luego invalidadas son inconstitucionales por violar normas de jerarqu铆a superior, como la ley provincial N潞 8.173 que estatuye el C贸digo Tributario Modelo para los Municipios y Comunas de Santa Fe , y cuyo art铆culo 77 requiere la existencia de local dentro de la jurisdicci贸n a los fines del cobro de la tasa municipal.
PoderLocal
23/08/2024 - La Justicia Federal de Resistencia confirm贸 la declaraci贸n de inconstitucionalidad de una ordenanza de la Comuna de Tacuarend铆, en el norte de la provincia de Santa Fe, a trav茅s de la cual se pretend铆a cobrar una tasa municipal a las antenas de la empresa transportadora de energ铆a Transener.
20/08/2024 - El M谩ximo Tribunal hizo preponderar el respeto del sistema federal y de las autonom铆as provinciales y el no inmiscuirse en los conflictos entre los diferentes poderes p煤blicos de una misma provincia.
17/07/2024 - La necesidad de los municipios de contar con mayores ingresos propios ha puesto en estado deliberativo a sus comunidades y a instituciones que representan a sectores econ贸micos que son los principales contribuyentes. Es de competencia del gobierno local la creaci贸n de tasas para lograr esos recursos.
02/07/2024 - El proyecto ingres贸 al Concejo Deliberante para que la medida se aplique de 9 a 11 y de 16 a 18 horas en todas las dependencias de la municipalidad.
17/06/2024 - El dato surge de un informe realizado por el Centro de Estudios en Finanzas P煤blicas, de la Universidad Nacional de La Plata. Esto limita la expansi贸n de la conectividad.
14/06/2024 - A partir de la pr贸xima semana, la Municipalidad aplicar谩 la nueva tasa al combustible local, tras el aval del Tribunal Superior de Justicia.
23/05/2024 - Para que una municipalidad pueda cobrar una tasa, debe ser capaz de brindar efectivamente el servicio correspondiente.. Qu茅 sucede en la actualidad
17/05/2024 - El 40% del precio de internet en Argentina es impuestos.
02/05/2024 - El vocero presidencial, Manuel Adorni, expres贸 la preocupaci贸n del Gobierno por el cobro de un sobreimpuesto en la venta de combustibles.
14/04/2024 - La empresa que demand贸 al Municipio de Azul considera que existe 鈥渃ontradicci贸n鈥 con el art铆culo 9 de la Ley de Coparticipaci贸n Federal de Recursos Fiscales (Ley 23.548) y viola la Constituci贸n Nacional en sus art铆culos 17,28, 31,33 y 75 inc.2, 13 y 30.