29/10/2023
Después de 23 años de litigio, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y de manera unánime rechazo una demanda presentada por El Popular Medios contra la Municipalidad de Olavarría.
Un juicio que duró 23 años.
El Popular, avalado por una Ordenanza del proceso judicial, no pagaba la Tasa de Seguridad e Higiene Municipal dado que se encontraban eximidos por tratarse de una empresa periodística y ante la decisión del Municipio de cobrarla, la empresa periodística inició la demanda que derivó en la Suprema Corte.
En representación del Municipio en este proceso tomaron parte el doctor Amílcar Dirazar y la doctora Alejandra Malamud.
Todo se inició cuando El Popular plantea demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de Olavarría con el objeto de obtener la anulación del art. 3 de la resolución 589/99 de la Secretaría de Gobierno, la anulación de las imposiciones mensuales liquidadas por el municipio a su respecto en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH) y el reconocimiento de su condición de «no gravada» con relación a aquel tributo por los períodos 1999/2000, por aplicación del art. 7 de la ordenanza general 209/77.
El mayor fundamento de El Popular para no pagar estaba vinculado a un artículo de aquella Ordenanza General del año 77 dado que debían ser desgravados por el derecho a la libertad de prensa. Fue así que El Popular planteó que: «la aplicación del tributo cuestionado violenta el derecho a la libertad de prensa consagrado en el art. 13 de la Constitución provincial y desatiende la obligación estatal de promover la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales».
El doctor Amilcar Dirazar explicó a En Línea Noticias que la sentencia de la Suprema Corte determina que, «no hay ningún elemento que impida que se le cobre a una empresa periodística la Tasa de Seguridad e Higiene, porque si no sería una desigualdad ante la ley e iría en detrimento de las demás empresas que tributan».
Dirazar explicó además que la sentencia de la Suprema Corte tiene un punto interesante en lo referido a la libertad de prensa, dado que el fallo, «deja en claro que eso no significa desconocer la libertad de prensa, sino que la libertad de prensa pasa por otro lado, más cuando son medios que tienen buena publicidad, o es todo lo que significaba el diario en ese momento»
Por En Linea Noticias
23/04/2026 - San Fernando Digital
13/04/2026 - En las últimas semanas se sucedieron resoluciones judiciales contra las tasas viales que perciben distintos municipios, algunos suspenden el cobro, otros obligan a los intendentes a informar el destino de los fondos.
30/03/2026 - Reintegro inmediato
23/03/2026 - El Superior Tribunal de Justicia falló en contra de la Municipalidad de Bariloche. No podrá cobrar tasas por publicidad en el interior. Archivo
17/03/2026 - El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Morón decretó la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ordenanza Nº 5494/2017 de la Municipalidad de Merlo, por considerar que el aumento en la Tasa de Servicios Generales que impactó sobre los inmuebles de la actora “resulta descalificable y no ajustado a derecho”, por no respetarse los principios proporcionalidad y de realidad económica, ni demostrarse la prestación efectiva del servicio de alumbrado público, limpieza y conservación de la vía pública.
25/02/2026 - El Juzgado Federal de San Nicolás declaró inconstitucional una resolución nacional que impedía incluir la tasa de alumbrado público en la boleta eléctrica. «Invade la esfera propia de las Municipalidades, desconociendo de esa manera el reparto de competencias formulado por los constituyentes», indicó el fallo.
25/02/2026 - Reconoció la autonomía municipal ante un reclamo de Pergamino, luego que el Gobierno prohibiera a los intendentes cobrar tasas en boletas de servicios. La Justicia Federal de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad de la resolución de 2024 que impulsó el ministro Luis Caputo que le prohibía a los intendentes incluir en las facturas cargos ajenos al servicio contratado por el consumidor, como las tasas municipales.
09/02/2026 - En una decisión que tiene impacto político e institucional en Catamarca, la Corte Suprema de Justicia de la Nación puso punto final al extenso conflicto judicial en torno a la ordenanza municipal que prohibía la minería a cielo abierto en Andalgalá. El máximo tribunal desestimó los planteos impulsados por el municipio y por un grupo de vecinos, y dejó firme la sentencia de la Justicia provincial que había declarado inconstitucional la norma sancionada en 2016.
09/02/2026 - Ratificó el fallo que declaró inaplicable, para la empresa, el Derecho de Abasto, Ferias y/o Mercados previsto en ordenanzas 2020. La Justicia sostuvo que ese control al ingresar mercadería invade competencias del sistema nacional de control de alimentos (SENASA/ANMAT) y puede convertirse en un obstáculo a la libre circulación.